¿Qué hacer en caso de ser objeto de una discriminación en espacios públicos y seguridad?

La propia normativa que rige la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado prohíbe de manera terminante toda discriminación

La propia normativa que rige la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado prohíbe de manera terminante toda discriminación

La normativa que rige la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado prohíbe de manera terminante toda discriminación. Además, a través del libro-registro en el que se deben de recoger todas las diligencias de identificación policial practicadas, el Ministerio Fiscal puede comprobar si la identificación de cualquier persona ha podido tener carácter discriminatorio.

Artículo 16.1 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, y el artículo 16.3 de la citada Ley Orgánica 4/2015 profundiza en la regulación del libro-registro en el que se han de recoger todas las diligencias de identificación policial practicadas.
Una práctica discriminatoria puede llegar a producirse en espacios públicos durante los dispositivos operativos policiales de prevención para el mantenimiento de la seguridad ciudadana si estas identificaciones están basadas en perfiles relacionados con características de la persona, como, por ejemplo, su etnia, color, identidad de género o situación socioeconómica.
Mayo de 2014, un grupo de vecinos kalós del barrio del Cabanyal presentan su parte de lesiones, el Comisario del Retén de la Policia Nacional del Maritimo dijo, en referencia a los portuarios que es “un bloque donde todos son gitanos, un bloque conflictivo para la gente que vive, que es gente de malvivir aunque haya gente decente también. Hay mucho gitano, mucha gente ocupando casas y otras cosas”. Y acaba con una recomendación muy ilustrativa: “¿Los bloques Portuarios? ¿Usted conoce Valencia? si ve los bloques de lejos ya puede hacerse una idea”.

Mayo de 2014, un grupo de vecinos kalós del barrio del Cabanyal presentan su parte de lesiones, el Comisario del Retén de la Policia Nacional del Maritimo dijo, en referencia a los portuarios que es “un bloque donde todos son gitanos, un bloque conflictivo para la gente que vive, que es gente de malvivir aunque haya gente decente también. Hay mucho gitano, mucha gente ocupando casas y otras cosas”. Y acaba con una recomendación muy ilustrativa: “¿Los bloques Portuarios? ¿Usted conoce Valencia? si ve los bloques de lejos ya puede hacerse una idea”.

En caso de que una persona considere que ha sido objeto de una identificación discriminatoria, en vulneración de la legislación vigente, puede dirigirse tanto al Defensor del Pueblo o Defensores del Pueblo autonómicos, en su caso, como a los servicios especializados en materia de discriminación racial o el motivo de discriminación de que se trate.

También se pueden formular quejas a través del Formulario de Quejas y Sugerencias, cuyo objeto consiste en dejar constancia de las quejas que los ciudadanos estimen convenientes sobre el funcionamiento de las unidades administrativas (cuerpos policiales) dependientes de dicho Ministerio.

Estas quejas pueden presentarse de las siguientes formas:

 

– Presencial, en las oficinas de los organismos correspondientes

 

– Correo postal.

 

– Telemática: cuando se trate de quejas, a través de la sede electrónica del Ministerio del Interior.

Orden INT/949/2007, de 30 de marzo, por la que se aprueba el formulario de quejas y sugerencias del Ministerio del Interior (BOE núm. 88, de 12 de abril).
Disponible en:
 En caso de que una persona considere que ha sido objeto de una identificación discriminatoria, en vulneración de la legislación vigente, puede dirigirse tanto al Defensor del Pueblo o Defensores del Pueblo autonómicos, en su caso, como a los servicios especializados en materia de discriminación racial o el motivo de discriminación de que se trate.


En caso de que una persona considere que ha sido objeto de una identificación discriminatoria, en vulneración de la legislación vigente, puede dirigirse tanto al Defensor del Pueblo o Defensores del Pueblo autonómicos, en su caso, como a los servicios especializados en materia de discriminación racial o el motivo de discriminación de que se trate.

Las quejas de los ciudadanos se reflejarán por escrito en el Formulario, indicando nombre, apellidos y domicilio, a efectos de comunicaciones, y firmando al final de la correspondiente hoja. Suscrita la queja personalmente en el Formulario correspondiente, se le entregará en el acto copia de la misma debidamente sellada.

Si la queja se remite por correo y se deja constancia del domicilio, se le enviará la copia correspondiente al remitente. Las quejas presentadas por correo electrónico e internet deberán estar suscritas con la firma electrónica del interesado.

Recibidas las quejas en la dependencia afectada, esta, en el plazo de veinte días y previas las aclaraciones que estime recabar del ciudadano, informará a este de las actuaciones realizadas y de las medidas, en su caso, adoptadas. Finalmente, si transcurrido el plazo a que se refiere el apartado anterior, el ciudadano no hubiese obtenido ninguna respuesta de la Administración, podrá dirigirse, a fin de conocer los motivos que han originado la falta de contestación y exigir las oportunas responsabilidades, a la siguiente unidad:

 

Inspección de Personal y Servicios de Seguridad (asuntos relacionados con la Guardia Civil y con la Policía).

C/ Cea Bermúdez, 35-37, 28003  –  Madrid; teléfonos: 915372648-2649;  fax: 915372600.
Ante un caso de estas características presentado en la comisión de Derechos Humanos de la ONU está fue tajante en su sentencia:
El control por perfiles étnicos que se practica en España ha sido denunciado en varias ocasiones por diferentes organismos internacionales.

El control por perfiles étnicos que se practica en España ha sido denunciado en varias ocasiones por diferentes organismos internacionales.

“es legítimo efectuar controles de identidad de manera general con fines de protección de la seguridad ciudadana y de prevención del delito o con miras a controlar la inmigración ilegal. Ahora bien, cuando las autoridades efectúan dichos controles, las meras características físicas o étnicas de las personas objeto de los mismos no deben ser tomadas en consideración como indicios de su posible situación ilegal en el país. Tampoco deben efectuarse de manera tal que solo las personas con determinados rasgos físicos o étnicos sean señaladas. Lo contrario no solo afectaría negativamente la dignidad de las personas afectadas, sino que además contribuiría a la propagación de actitudes xenófobas entre la población en general y sería contradictorio con una política efectiva de lucha contra la discriminación racial”.

Las minorías étnicas suelen estar sobreexpuestas a un control policial excesivo, que no está basado en criterios objetivos como la conducta individual de las personas sino en los prejuicios falsos e infundados que los agentes tienen acerca de una supuesta mayor probabilidad de que estos colectivos se encuentren involucrados en la comisión de un delito o ilícito administrativo. Estas prácticas policiales ilegales se conocen como perfil étnico (del inglés: ethnic profiling).

El perfil étnico, además de constituir una discriminación ilícita –y así lo han establecido numerosos organismos internacionales y regionales de derechos humanos-, fomenta la estigmatización de determinados colectivos (y por tanto, el racismo del público general), conlleva una pérdida de legitimidad de la institución policial y del propio Estado entre las minorías, y ha demostrado ser además una práctica totalmente ineficaz en la prevención del delito y de otros ilícitos. Los Estados deben establecer estándares legales claros que prohíban el perfil étnico y requieran la sospecha razonable como el único indicio posible para controlar a una persona y tomar medidas que prevengan la realización de estas prácticas policiales discriminatorias.

Actuaciones y cargas policiales, límites y defensa ciudadana.

3 responses to this post.

  1. Posted by Tito Moralez on diciembre 19, 2015 at 10:02 am

    hola amigos de Baxtalo´s Blog. Les contesto desde Buenos Aires,por aquí las cosas a Dios gracias,son bien distintas,por eso no dejo de solidarizarme con los chavales kalo. Es vergonzoso el trato que se da en España en algunos lugares a nuestros muchachos. Tener en cuenta que cuanto mayor sea la discriminación,más grande la vamos formando y al fin acabaremos como mi querido pueblo hermano de Palestina. Después de la discriminación,peor que hacia animales,no esperaran respuestas de seres humanos.

    Date: Sat, 19 Dec 2015 09:33:40 +0000 To: titomoralez@hotmail.com

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  2. señores soy el presidente de una asociación para defender los derechos humanos de gitanos y no gitanos ,, y os confirmo que la mayoría de los agentes de los cuerpos de seguridad del estado español violan diariamente todos los derechos del pueblo gitano que tenemos en la constitución y en las leyes españolas , y os digo mas violan hasta su código de normas interior que tienen en sus distintos cuerpos de seguridad estos profesionales nos tratan indiscriminadamente , nos vejan , nos humillan , nos torturan , y nos roban nuestra dignidad como seres humanos, han sembrado el terror policial en los genes del pueblo gitano ,, primero en los tiempos de franco fue la guardia civil y en la democracia todos los cuerpos existentes , es aberrante que , ellos cobran para mantener el orden y la seguridad ciudadana y cometan a diario delitos gravísimos con el pueblo gitano ,,y 300%de estos delitos no se denuncian por temor a represalias , y porque ya de antemano el profesional le ha amenazado , que no intente nada , y el que se atreve a denunciar sufre en sus propias carnes las amenazas prometidas de persecución y en muchos casos de , torturas ,, violación de su domicilio ,, y en otros muchos casos le buscan las cosquillas para meterlo preso , pues si señores to
    davía existen esto delitos en España , y lo mas grave que son impune , ruego a quien le corresponda que tomen medidas urgentes sobre estos señores que comenten estos gravísimos delitos con el pueblo gitano , por respeto a nuestros ancianos y menores ,que tan poco los respetan ,, habéis sembrado el terror policial ,, en nuestros ancianos y menores ,,

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  3. […] Si has sufrido abuso o violencia policial, persecución por perfil étnico dirígete al enlace que colocamos AQUÍ […]

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